¿Quién es el responsable de reparar la filtración de agua que proviene del ático o la vivienda superior?

Sentencia del Tribunal Supremo Sentencia 80/2024, de 23 de enero
La reparación de la terraza comunitaria de uso privativo es un tema que puede generar controversia entre los propietarios de un edificio.

En este sentido, es importante determinar quién es responsable de realizar los arreglos y quién debe financiarlas, ósea quien las paga.

En el caso que nos ocupa, la propietaria de una de las viviendas del edificio reclama a la comunidad de propietarios el pago del coste de la reparación que hubo de realizar en la terraza para evitar los daños en su vivienda por las filtraciones de agua. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha declarado que la comunidad debe pagar la reparación, ya que la terraza es al mismo tiempo elemento privativo por atribución de su uso al propietario demandante y elemento común por su carácter estructural de cubierta.

En este sentido, es importante recordar que en casos de concurrencia de obligaciones sobre elementos comunes con uso privativo, quedan a cargo del propietario beneficiario de la utilización del elemento común las obras de conservación o reparación de las deficiencias que sean consecuencia directa del uso y disfrute ordinario del elemento que se trate. Sin embargo, si el defecto es estructural, si afecta a la propia configuración del elemento como elemento de la construcción, debe ser reparado a costa de los fondos comunes.

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El Tribunal Supremo concluye que el hecho de que los daños que se causaron se deban al mal estado de la tela asfáltica, que asegura la impermeabilización del edificio, y que esta se encuentre situada bajo el suelo de la terraza que sirve de cubierta del edificio, determina su naturaleza común al ser uno de los elementos esenciales de la comunidad de propietarios, por lo que su reparación constituye una obligación propia de la comunidad.

Conclusión

En resumen, la reparación de la terraza comunitaria de uso privativo puede ser un tema complejo que requiere una evaluación cuidadosa de las circunstancias del caso. Es importante determinar la naturaleza del defecto y quién es responsable de realizar las reparaciones y quién debe financiarlas. En el caso que nos ocupa, el Tribunal Supremo ha declarado que la comunidad debe pagar la reparación, ya que la terraza es al mismo tiempo elemento privativo y elemento común.

La sentencia establece que la comunidad de propietarios es responsable de la reparación de la terraza comunitaria de uso privativo en caso de desgaste de la tela asfáltica que impermeabiliza el edificio, siempre y cuando el defecto sea estructural y afecte a la configuración del elemento como parte de la construcción.

Lorenzo Calero López
Graduado en Estudios Inmobiliarios
Admón. de Fincas Colegiado

Marco legal

Sentencia del Tribunal Supremo

Sentencia 80/2024, de 23 de enero

Caso: La propietaria de una de las viviendas del edificio reclama a la comunidad de propietarios el pago del coste de la reparación que hubo de realizar en la terraza para evitar los daños en su vivienda por las filtraciones de agua.

Hechos: La propietaria demandante es dueña de una de las viviendas del edificio que incluye una terraza aneja que coincide con la cuarta parte de la cubierta del inmueble. La terraza es al mismo tiempo elemento privativo por atribución de su uso al propietario demandante y elemento común por su carácter estructural de cubierta.

Sentencia: El Tribunal Supremo declara que la comunidad debe pagar la reparación, ya que la terraza es al mismo tiempo elemento privativo y elemento común. El hecho de que los daños que se causaron se deban al mal estado de la tela asfáltica, que asegura la impermeabilización del edificio, y que esta se encuentre situada bajo el suelo de la terraza que sirve de cubierta del edificio, determina su naturaleza común al ser uno de los elementos esenciales de la comunidad de propietarios, por lo que su reparación constituye una obligación propia de la comunidad.

Ley de Propiedad Horizontal (LPH).

Más información

El contenido de este artículo es orientativo, asimismo cada cierto tiempo nacen jurisprudencias y las leyes cambian, si necesitas alguna consulta actualizada o especifica sobre este tema publicado, dinos ¿Cuál es?…, te informaremos SIN COMPROMISO telefono

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