¿Cómo se legalizan los libros de actas de una comunidad de propietarios?
¿Qué se necesita para legalizar el segundo libro de actas de hojas móviles de la comunidad de vecinos?.
Hemos terminado de poner todas las actas de las juntas de vecinos en el primer libro de actas, ¿Cómo legalizar el segundo libro de actas de la comunidad de vecinos?.
Hemos extraviado y no encontramos donde esta el libro de actas de la comunidad, es posible que lo robaran, ¿Cómo puedo legalizar un nuevo libro de actas?.
Las comunidades de propietarios deben tener un libro donde se anoten todos los acuerdos y situaciones importantes del edificio y/o urbanización, ósea propiedades que se rijan por la Ley de Propiedad Horizontal. Estos acuerdos o incidencias del edificio, se trascriben al libro de actas según los acuerdos que se adopten en las Juntas de vecinos. Este libro debe ser legalizado en el registro.
Si es el primer libro, debes llevarlo al Registro de la Propiedad del lugar donde se encuentra el edificio. Ahí, el presidente de la comunidad o su autorizado legal, debe presentar una solicitud, un libro de actas nuevo sin ninguna anotación, y el acta de constitución de la Comunidad de Propietarios, solicitando al registrador de la propiedad, la legalización del primer libro de actas.
El Registro se encargará de tramitar el libro de actas, anotando los datos de la legalización y dejando constancia de ello junto al registro del edificio correspondiente a la comunidad de propietarios.
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Si necesitas legalizar un nuevo libro de actas porque el anterior se ha llenado, o por que se ha perdido, o ha sido robado, se deberá comunicar en Junta de vecinos lo que ha sucedido para legalizar el segundo, tercero, cuarto, libro de actas. Asimismo, se presentará por el presidente o persona autorizada, si es por robo o extravío, también se entregara copia de la denuncia ante las autoridades competentes (Policía nacional o Juzgado).
Toda esta documentación se debe entregar en el Registro de la Propiedad competente, quien la devolverá al interesado en un plazo máximo de 5 días después de haber realizado la legalización del libro de actas.
Lorenzo Calero López
Graduado en Estudios Inmobiliarios
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