La representación en una Junta de Vecinos ¿Quién puede delegar? ¿Cómo se representa?

La representación en una Junta de Vecinos ¿Quién puede delegar? ¿Cómo se representa?
La Importancia de la Representación en las Juntas de Propietarios: Un Análisis del Artículo 15 de la LPH

En el tejido de la convivencia y gestión de las comunidades de propietarios, un tema importante y a menudo complejo es la representación en las Juntas de Propietarios. Esta se encuentra regulada en el artículo 15 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), proporcionando un marco que permite la participación de todos los propietarios, ya sea de forma personal o a través de representación legal o voluntaria. Esta disposición asegura que todas las voces puedan ser escuchadas y que se tomen decisiones en beneficio de la comunidad. Ahora bien, desgranemos este tema para entender su importancia y cómo se aplica en la práctica.

La LPH establece que la asistencia a la Junta puede ser personal o por representación. Este mecanismo de representación es especialmente importante en comunidades donde no todos los propietarios pueden asistir físicamente a las reuniones, ya sea por cuestiones geográficas, de salud o por compromisos previos. Pero, ¿qué significa exactamente estar representado en una Junta de Propietarios y cómo se materializa esta representación?

Tipos de Representación

Existen dos formas principales de representación reconocidas por la LPH: la legal y la voluntaria. La representación legal surge de una disposición legal y es ejercida por un tercero que actúa en nombre del propietario debido a una relación jurídica establecida, como puede ser el caso de los padres o tutores de menores no emancipados o incapacitados, o el representante de una persona jurídica. Por otro lado, la representación voluntaria se basa en la confianza personal, donde un propietario otorga su representación a otra persona para que asista y vote en su nombre en las Juntas.

El Escrito de Representación

Para que esta representación sea efectiva, es necesario un escrito de representación que cumpla con ciertos requisitos: debe ser un documento escrito, identificar claramente al propietario y al representante, especificar la fecha de la Junta, y estar firmado por el propietario. Este documento es crucial para validar la representación y garantizar que se respeten los deseos del propietario.

➤ Al final de este artículo, ✍️ encontraras la forma de contacto y de consultas, SIN COMPROMISO. 

¿Quién puede representar?

La ley es flexible respecto a quién puede ser representante, no estableciendo requisitos específicos ni imponiendo prohibiciones. Así, un propietario puede estar representado por otra persona no propietaria, como un abogado, el secretario-administrador de la finca, el presidente de la comunidad, otro propietario, e incluso un propietario moroso podría representar a otro que esté al corriente de pago.

La Presentación de los Escritos de Representación

Es importante presentar los escritos de representación al inicio de la Junta para que el secretario pueda tener constancia de los presentes y representados. Esto es esencial para constituir válidamente la Junta y para conocer el quórum necesario para la aprobación de los acuerdos. Además, si el propietario representado asiste finalmente a la Junta y pretende votar, se entiende que la representación ha sido revocada.

Votación y Mayorías en la Junta

La LPH establece que el derecho a voto en las Juntas lo ejercerán aquellos propietarios al corriente de pago. Se aplican diferentes tipos de mayorías según el acuerdo a votar, desde la unanimidad hasta mayorías reforzadas o simples, y se contempla una doble mayoría tanto en coeficientes de participación como en número de propietarios. Esto garantiza una toma de decisiones equitativa y representativa de la comunidad.

El Juicio de Equidad

Cuando no se logra la mayoría requerida, el artículo 17.7 de la LPH permite acudir a un juicio de equidad para resolver la situación. Esto demuestra el compromiso de la ley con encontrar soluciones justas y adaptadas a las circunstancias de cada comunidad, garantizando que las decisiones se tomen de manera equitativa y considerada.

Conclusión

La representación en las Juntas de Propietarios es un mecanismo vital para asegurar la participación democrática y efectiva en la gestión de las comunidades de propietarios. Facilita la inclusión de todos los propietarios en el proceso de toma de decisiones, independientemente de su capacidad para asistir en persona a las reuniones. Esta flexibilidad y apertura contribuyen a una gestión comunitaria más armónica y eficiente, reforzando el tejido social y la convivencia dentro de las comunidades de propietarios.

Lorenzo Calero López
Graduado en Estudios Inmobiliarios
Admón. de Fincas Colegiado

Marco legal

Ley de Propiedad Horizontal (LPH).

Más información

El contenido de este artículo es de carácter informativo. Es importante tener en cuenta que, con el tiempo, surgen nuevas jurisprudencias y las leyes pueden cambiar. Si necesitas una consulta personalizada profesional, no dudes en contactarnos, SIN COMPROMISO telefono

Novedades y Noticias Síguenos ÚnetSiguenos en Twitter McAdmon.com Informacion

Estamos cerca para ayudarte McAdmon.com en Málaga, Marbella, Mijas Costa, Torremolinos, Benalmádena y Fuengirola.

Gealtra.comTecnología Online AF