¿La Comunidad de vecinos me tiene que reparar el muro de mi terraza?.

Tipos de muros básicos en una comunidad vecinos que son motivo de controversias.
¿Quién es el responsable de mantener el muro de mi terraza?
¿La comunidad tiene que pagar las reparaciones de los muros?
Si o No
¿Qué muros pertenecen a la comunidad de propietarios?

En una comunidad de vecinos, la responsabilidad de mantener los muros depende de su naturaleza y uso. Los muros que delimitan la estructura del edificio o el conjunto inmobiliario se consideran elementos comunes y, por lo tanto, la comunidad de propietarios es responsable de su mantenimiento y reparación.

Tipos de muros básicos en una comunidad vecinos que son motivo de controversias.

  1. Muros de uso compartido: Estos son muros como los medianeros, cuyo mantenimiento se comparte entre los propietarios afectados, generalmente al 50% cada uno.
  2. Muros de uso exclusivo: Estos muros son utilizados únicamente por un propietario y, por lo tanto, es responsabilidad exclusiva de ese propietario mantenerlos en buen estado.
  3. Muros perimetrales de uso compartido con la calle pública y la terraza privada, en este caso se puede consideran que la conservación de este muro es comunitaria por no ser exclusivo del vecino y formar parte de la estructura del edificio.
  4. Muros estructurales, son los que forman parte del edificio y delimitan las propiedades privadas de las comunes, cuya conservación es de la comunidad de propietarios.

La información sobre quién es responsable del mantenimiento de los muros se encuentra en el título constitutivo de la propiedad, y la jurisprudencia, como la del Tribunal Superior STS 12-11-1969, respalda la idea de que cada copropietario es dueño de cuanto privativamente se le atribuye en el Título Constitutivo, perteneciendo todo lo restante, entre lo que se encuentran los elementos. Tribunal Superior

Conclusión

La comunidad de propietarios debe pagar las reparaciones de los muros que sean elementos comunes, y la responsabilidad de mantenimiento de los muros puede variar dependiendo de si son de uso compartido, de uso exclusivo o muros estructurales, según lo establecido en el título constitutivo de la propiedad y la legislación vigente.

Lorenzo Calero López
Graduado en Estudios Inmobiliarios

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