Ruidos y Molestias En una Comunidad de Vecinos ¿Qué se puede hacer para evitarlo?

Mi vecino esta todas las noches haciendo ruido ¿Qué podemos hacer?
Vivir en Armonía: Guía para Navegar las Normas de Convivencia sobre Ruidos y Horarios en Comunidades de Propietarios

Mi vecino hace mucho ruido por las noches ¿Qué puedo hacer?

¿Cuáles son las horas permitidas para emitir ruido en el hogar?

¿Durante qué horario está autorizado para realizar trabajos de construcción que generen ruido?

¿Cuál es el límite de tiempo para celebrar fiestas en una vivienda?

¿En qué momentos está permitido reproducir música en el domicilio?

En nuestro día a día, la convivencia pacífica en comunidades de propietarios se presenta como un pilar fundamental para el bienestar común. Dentro de este entorno, una de las cuestiones más delicadas y que suele generar más fricciones es el manejo adecuado de los ruidos y los horarios en los que estos son permitidos. La normativa que regula estos aspectos varía según las ordenanzas municipales y se encuentra también influenciada por lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal.

Hablemos un poco sobre los tiempos asignados para ciertas actividades que pueden generar ruido. De lunes a viernes, se considera aceptable realizar actividades ruidosas desde las 8 de la mañana hasta las 21 horas. Durante los fines de semana, este margen se extiende en algunos lugares hasta las 22 o 23 horas. Pero, ¿qué ocurre con las obras? Sabemos que pueden ser especialmente molestas debido al nivel de ruido que generan. Por ello, la realización de trabajos de construcción se restringe a la franja horaria de 8 a 21 horas en días laborables, limitando el uso de maquinaria pesada hasta las 20 horas.

Ahora bien, si lo que deseas es organizar una fiesta en casa, es posible hacerlo respetando el nivel de decibelios y, claro está, los horarios establecidos. Generalmente, se aplican los mismos períodos mencionados anteriormente. En cuanto a escuchar música, este placer debe ajustarse igualmente a los horarios habituales de descanso, permitiéndose desde las 8 (o 9.30 en fines de semana y festivos) hasta las 21 o 22 horas, según la normativa local.

Es importante mencionar que, aunque existen horarios específicos durante los cuales se permite cierto nivel de ruido, no se debe exceder un límite establecido de decibelios. Durante el día, el límite máximo permitido oscila alrededor de los 35 db y disminuye a 25 db en las zonas de dormitorios durante la noche, estableciendo un nivel intermedio de 30 db en otras áreas como el salón.

Para aquellos interesados en una gestión más precisa de los niveles de ruido, existen aplicaciones móviles como Decibel X, Sonometer Pro, y Niosh Sound Level Meter que ofrecen mediciones detalladas y pueden ayudar a mantener los niveles de ruido dentro de los parámetros aceptables.

La regulación sobre el ruido varía considerablemente entre diferentes comunidades autónomas y municipios, adaptándose a las directrices marcadas por el Real Decreto 1367/2007, conocido como la Ley del Ruido. Por ejemplo, mientras en Málaga se prohíben actividades que superen los 30 decibelios a partir de las 22.00 horas, en Madrid, Valencia, Castellón, y Murcia, los límites de decibelios permitidos durante el día y la noche varían significativamente.

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Enfrentarse a infracciones relacionadas con el ruido puede llevar a la imposición de multas, cuya cuantía dependerá de la gravedad de la infracción. Las sanciones pueden ir desde los 750€ por infracciones leves hasta los 3.000€ por las más graves.

Cuando se presentan problemas de ruido, la comunicación amistosa es siempre el primer paso recomendado. Si esto no surte efecto, puede ser necesario involucrar al presidente de la comunidad o al administrador. Como último recurso, y en caso de que el problema persista afectando a la calidad de vida de los vecinos, se puede considerar la opción de presentar una demanda.

En consecuencia de lo expuesto:

Este enfoque proactivo y considerado hacia la gestión de los ruidos y los horarios en que estos son permitidos no solo mejora la convivencia dentro de las comunidades de propietarios sino que también refuerza el tejido de respeto y armonía que todos deseamos en nuestros entornos de vida. 

Marco legal

Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

Lorenzo Calero López
Graduado en Estudios Inmobiliarios

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El contenido de este artículo es de carácter informativo. Es importante tener en cuenta que, con el tiempo, surgen nuevas jurisprudencias y las leyes pueden cambiar. Si necesitas una consulta personalizada profesional, no dudes en contactarnos, SIN COMPROMISO telefono Novedades y Noticias Síguenos ÚnetSiguenos en Twitter McAdmon.com Informacion

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