¿Se puede subir en la nube la grabación de una Junta de propietarios?

Se puede subir a la nube una grabacion de la Junta de propietarios
¿Se puede subir a la nube la grabación de una Junta de Propietarios de una Comunidad de Vecinos?

Mariño Castro Administración, responde las preguntas que los propietarios solicitan para conocimiento general y de forma coloquial para el entendimiento de todos.

Al final de este artículo, le facilitamos la forma de contacto con nuestra Administración de fincas en Marbella, Fuengirola, Mijas Costa, Benalmádena y Málaga en el caso de que necesite más Información.

Empezamos como siempre con con una pequeña introducción.

¿Se puede grabar una Junta de vecinos de una Comunidad de propietarios? Sí, para poder grabar una Junta de Propietarios, es necesario que conste en cada orden del día y se apruebe por mayoría simple.

La grabación de la reunión, solo la puede realizar la persona designada de la Junta de Gobierno o siendo lo usual por el secretario @, no pude ser grabada por ningún copropietario @.

¿Para que sirve la grabación de una Junta de Propietarios?  

Es cada vez más habitual que la Junta de propietarios se grabe, bien por audio o también a través de una Videoconferencia, el fin es para que el secretario de la comunidad de vecinos disponga de una ayuda a la hora de confeccionar el Acta y ante posibles litigios, dado que en ocasiones existen discrepancias con lo que ha redactado el secretario y lo que el propietario dice haber manifestado en la asamblea de propietarios.

El secretario como se dijo anteriormente no solo redacta el acta, sino que además custodia todo lo relacionado con la comunidad de propietarios (libros de actas, documentación significativa y en este caso entendemos que también la grabación de la Junta de vecinos).

Actualmente existen diversas plataformas en internet que brindan a las Comunidades de Propietarios la posibilidad de poder consultar de forma online 24h (documentos, actas, cuentas, convocatorias, formularios, etc.) de la comunidad de propietarios, con unas claves de acceso.

Dicho este resumen sobre las grabación de una Junta de propietarios.

¿Se puede subir a internet una grabación de la Junta de propietarios?

Actualmente la Ley de Propiedad Horizontal, no regula explícitamente sobre las grabaciones de audio o video y menos aún el subirlas en la nube.

Sin embargo, La Ley de Protección de Datos sí normaliza diversos aspectos que a continuación se mencionan:

El art. 5 del Reglamento (UE) 2016/679 en su CAPÍTULO II Principios Artículo 5 Principios relativos al tratamiento. Establece los principios que han de prevalecer en el tratamiento de datos personales, entre los cuales se encuentra el de minimización de datos y el de limitación de la finalidad.

El art. 22 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Artículo 22. Tratamientos con fines de videovigilancia.

Establece que las grabaciones en vídeo serán puestas a disposición de las autoridades Judiciales o de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en caso de que sirvan de base para demostrar la presunta comisión de un delito en las 72 horas siguientes a cuando el hecho se haya producido, a su vez dichas grabaciones se pondrán a disposición de tales autoridades a requerimiento de éstas.

Artículo 32  UE RGDP
“Seguridad del tratamiento” 

Menciona… el responsable y el encargado del tratamiento aplicarán medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, en materia de protección de datos.

Asimismo, El RGPD recoge en el artículo 5 como uno de los principios relativos al tratamiento, el principio de minimización de datos, de forma que los datos objeto de tratamiento sean adecuados, pertinentes y limitados en relación con los fines para los que son tratados.

Por lo que concluyo con lo expuesto, de que no se puede subir a la nube la grabación de una Junta de propietarios, teniendo en consideración:

A.- La finalidad de la grabación, es para la ayudar al secretario en la redacción del Acta y los datos que se recogen en la grabación, es únicamente para este fin.

B.- El secretario tienen el deber de custodiar las grabaciones tomando las medidas técnicas y organizativas necesarias para preservar su seguridad y solo pueden ser entregadas por  requerimiento de las autoridades judiciales o policiales.

C.- Por defecto, se tienen que proteger los derechos y libertades de los comuneros individuales.

D.- Es contrario a la ley, publicar la grabación de la Junta de una Comunidad de Propietarios en la nube, pues al tener acceso todos los vecinos, excede el principio de limitación como el de minimización de datos. (ósea, se puede utilizar el contenido de la grabación para un fin distinto del permitido, siendo la realización del Acta, y tiene datos que no son necesarios).

Si  necesita una consulta sobre este artículo u otros temas, póngase en contacto con nosotros, le informaremos, sin compromiso.

* Este artículo es orientativo, ya que, no conocemos con exactitud que dice el Titulo Constitutivo, Estatutos de cada comunidad, y sobre los acuerdos alcanzados en las Juntas de Propietarios, así como las Jurisprudencias al respecto. 

Preguntas y respuestas

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